DERECHO CIVIL.

PROCEDIMIENTOS PROCESALES CIVILES.

Los procedimientos procesales civiles contemplados en el sistema judicial español son los distintos tipos de procedimientos judiciales encaminados a resolver los conflictos según su naturaleza y su cuantía.

Se establecen los siguientes tipos:

Juicio Ordinario: Se aplica para los asuntos de mayor cuantía o complejidad (honor, imagen, impugnación de acuerdos sociales, etc.)

Juicio Verbal: Para reclamaciones de menor cuantía y menor complejidad tales como: reclamaciones de cantidad, de rentas, etc.

Monitorio: Se utiliza para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, acreditadas por medios de documentos contables o administrativos (facturas, contratos, etc.)

Juicio Cambiario: Se aplica para ejecutar deudas basadas en documentos contables o administrativos tales como letras de cambio, cheques o pagarés.

Procedimientos ejecutivos: los que se tramitan para hacer cumplir forzosamente una sentencia o resolución judicial cuando la parte condenada no cumple voluntariamente.

Otros tipos: Se incluyen en este apartado los procesos familiares (divorcio, separación, filiación, etc.), división de herencia, etc..

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