HERENCIAS, TESTAMENTOS Y DONACIONES

HERENCIAS

Se define como la adquisición del dominio de bienes o derechos por causa de muerte que tiene por objeto la totalidad del patrimonio del causante, que comprende los bienes materiales, los bienes inmateriales (derechos, créditos, acciones y excepciones) y el pasivo (deudas y obligaciones). Implica la realización de un inventario y valoración de la herencia, la opción de aceptar o renunciar a la herencia, y la adjudicación de los bienes entre los herederos. Hasta el momento de su partición o liquidación, la herencia permanece yacente.

Los herederos pueden ser testamentarios, designados en el testamento del fallecido, o legítimos, determinados por la ley en ausencia de un testamento.

La gestión e intervención en el trámite de aceptación de herencia de forma extrajudicial va desde la valoración de los bienes y localización de documentos necesarios para su trámite (partida de defunción, ultimas voluntades, certificado de posiciones, nota simple, etc) pasando por el trámite en notaria (revisión de borrador notarial y supervisión en firma) hasta la liquidación de modelos tributarios (sucesiones, plusvalía, etc) y la inscripción en el registro de la propiedad.

TESTAMENTO

Acto jurídico mediante el cual una persona física dispone que, tras su fallecimiento, se transmitan sus bienes, derechos y obligaciones jurídicas (incluidas las deudas) a otras personas, denominadas en conjunto herederos o herederas. El heredero o heredera puede ser una persona física o una persona jurídica con derecho a recibir la totalidad o una parte del patrimonio hereditario.

Preparamos el documento atendiendo a las peticiones de nuestros clientes, cumpliendo la legislación vigente.

DECLARACION DE HEREDEROS ABINTESTATO

Documento notarial mediante el cual se declaran los herederos del causante que no ha otorgado testamento previamente, certificado por medio del documento de actos de última voluntad.

Nos encargamos de solicitar toda la documentación necesaria para su preparación, además de la gestión y supervisión de la escritura ante notario.

DONACION

La donación es un acto por el cual una persona (donante) transfiere gratuitamente un bien o derecho a otra (donatario), quien debe aceptarlo por medio de consentimiento y aceptación expresa, sin que exista una contraprestación. Es un contrato traslativo de dominio que exige la voluntad de ambas partes y debe cumplir formalidades específicas, para ser válida.

Tramitamos el acto ante notario, así como la correspondiente liquidación de impuestos, si los hubiere, y su posterior registro, si lo requiriere.

TRASPASOS

El traspaso es la cesión del contrato de arrendamiento (alquiler) por parte de un arrendatario (inquilino) a un tercero, por el que se transmite el derecho de explotación del local, y en el que también se pueden incluir el mobiliario y maquinaria que este tenga, todo ello a cambio de un precio.

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NUESTRO EQUIPO PROFESIONAL

MANUEL ESTÉVEZ ACEVEDO

Abogado Colegiado 3351

Especializado en Derecho Penal y Procesal, Civil, Militar y Familia.

LAURA ESTÉVEZ GARCÍA

Abogada Colegiado 6062

Especialista en Derecho Civil y Penal.

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Actividades de planeación, organización, ejecución y control.