INCAPACITACIONES
La incapacitación judicial se define como procedimiento legal para limitar la capacidad de una persona con discapacidades físicas o psíquicas, declarándola incapaz para administrar sus bienes y persona, y nombrándole un tutor. Actualmente el proceso es sustituido para establecer medidas de apoyo, promoviendo la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y estableciendo la curatela como medida principal, con la tutela solo para casos excepcionales y representativos, buscando siempre el apoyo y no la sustitución de la voluntad. Su finalidad es proteger a la persona y su patrimonio de abusos, limitando su capacidad para realizar actos jurídicos (matrimonio, contratos, administrar dinero) debido a una enfermedad o deficiencia persistente.
Con la reforma de la Ley 8/2021, se elimina la incapacitación judicial y, con ella, la figura de la tutela para las personas con discapacidad. Actualmente existen las medidas de apoyo a las personas con discapacidad, que consisten en:
- Medidas de apoyo:Se implementaron nuevos mecanismos de apoyo para que las personas ejerzan su capacidad jurídica en igualdad de condiciones.
- Curatela:Principal figura de apoyo, donde el curador asiste y complementa la capacidad del afectado, no lo sustituye.
- Tutela (Excepcional):Se mantiene la tutela, pero solo en casos muy limitados donde no hay otra opción, como curatela representativa, actuando siempre bajo supervisión judicial.
NUESTRO EQUIPO PROFESIONAL

MANUEL ESTÉVEZ ACEVEDO
Abogado Colegiado 3351
Especializado en Derecho Penal y Procesal, Civil, Militar y Familia.

LAURA ESTÉVEZ GARCÍA
Abogada Colegiado 6062
Especialista en Derecho Civil y Penal.

ADMINISTRACIÓN
Gestión administrativa
Actividades de planeación, organización, ejecución y control.










