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La igualdad ante la ley es un principio fundamental que recoge nuestra Constitución en su artículo 14, donde se establece que todas las personas deben ser tratadas de manera igualitaria por la ley, sin discriminación por raza, sexo, religión, origen u otra condición personal o social, y tener el mismo derecho a la protección legal, garantizando que la ley se aplique por igual a todos los ciudadanos y que su aplicación por la administración y los tribunales sea equitativa, prohibiendo privilegios y tratos hostiles sin fundamento, recogidos principalmente en:
- Art. 14 de la Constitución Española: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.».
- Art. 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: «Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.».
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin importar raza, sexo, nacionalidad, etc. que se resumen en: El derecho a la vida, la libertad y la seguridad; la prohibición de la esclavitud y la tortura; la igualdad ante la ley; la libertad de pensamiento, conciencia y religión; la libertad de expresión e información; la libertad de reunión pacífica y asociación; el derecho a la participación política; el derecho a la propiedad; el derecho a un juicio justo; y el derecho a la no discriminación
NUESTRO EQUIPO PROFESIONAL

MANUEL ESTÉVEZ ACEVEDO
Abogado Colegiado 3351
Especializado en Derecho Penal y Procesal, Civil, Militar y Familia.

LAURA ESTÉVEZ GARCÍA
Abogada Colegiado 6062
Especialista en Derecho Civil y Penal.

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Gestión administrativa
Actividades de planeación, organización, ejecución y control.










